[Todos] [FCEyN] Resolución (CD) Nº 2603/22. Solicitud aguinaldo y aportes para becas de investigación.

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Fri Dec 16 14:47:49 -03 2022


Se transcribe a continuación el texto de la Res. (CD) Nº 2603/22 
aprobada por el Consejo Directivo el día 12/12/22.

Cordialmente

-- 
Secretaría General
Facultad de Ciencias Exactas y Naturales
Universidad de Buenos Aires

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 12 de diciembre de 2022

VISTO el Reglamento de Becas de Investigación Científica y Tecnológica 
del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET),

el Reglamento de Becas de Investigación de la Universidad de Buenos 
Aires (UBA), el Reglamento de becas de proyectos AGENCIA I+D+i y el 
Reglamento de Residencias para Profesionales de la Salud de la Provincia 
de Buenos Aires (Decreto 1572/2022) y

CONSIDERANDO

que las personas que realizan tareas de investigación en el marco de su 
formación doctoral o postdoctoral pueden, en caso de obtenerla, recibir 
como contraprestación por sus tareas una Beca,

que son recursos humanos altamente calificado,

que el Reglamento de Becas del CONICET reconoce tres tipos de Becas: 
Doctorales, destinadas a realizar estudios de doctorado de las personas 
seleccionadas; Becas de Finalización de Doctorado, para finalizar 
estudios de doctorado; y Becas Posdoctorales, destinadas a la formación 
como investigadores mediante la realización de actividades de 
investigación científica y tecnológica de candidatos que han completado 
su doctorado,

que estas becas otorgadas por CONICET consisten en el pago de un 
estipendio mensual, el otorgamiento de cobertura de una ART y, en los 
casos que correspondan, Licencias y los Adicionales por Cobertura Médico 
Asistencial y por Familia,

que, según el Reglamento de Becas del CONICET es obligación de aquellas 
personas beneficiarias de la Beca “dedicarse en forma exclusiva a las 
tareas académicas y de investigación requeridas en el plan de trabajo de 
la beca, sólo compatibles con cargos docentes de nivel secundario, 
terciario y/o universitario, cuando a juicio de sus directores 
contribuyan a su formación”,

que la UBA otorga “Becas de Doctorado” y “Becas de Culminación de 
Doctorado”,

que la UBA garantiza a sus becarios de investigación Licencia por 
maternidad de acuerdo a las leyes vigentes, cobertura médica a través 
del Plan de Salud para Estudiantes y Graduados de DOSUBA; y un seguro de 
riesgos por accidentes de trabajo contratados por la UBA durante el 
período de duración de la beca,

que, según el Reglamento de Becas del CONICET es obligación de aquellas 
personas beneficiarias de la Beca “dedicarse en forma exclusiva a las 
tareas académicas y de investigación requeridas en el plan de trabajo de 
la beca, sólo compatibles con cargos docentes de nivel secundario, 
terciario y/o universitario, cuando a juicio de sus directores 
contribuyan a su formación”,

que, según el Reglamento de Becas de Investigación de la UBA, las becas 
de Doctorado son de dedicación exclusiva, sólo compatible con un cargo 
docente en la UBA con dedicación simple rentado o ad-honorem,

que, en consecuencia quienes realizan tareas de investigación científica 
con dedicación exclusiva en el marco de una Beca otorgada por organismos 
como el CONICET o la UBA carecen al día de hoy de derechos laborales 
como ser el pago del Sueldo Anual Complementario (SAC) o aguinaldo y de 
aportes jubilatorios,

que en Octubre de 2022 el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires ha 
actualizado el Reglamento de Residencias para Profesionales de la Salud 
mediante el Decreto 1572/2022, incorporando el derecho de los y las 
Residentes a una bonificación equivalente al cincuenta por ciento (50%) 
de la mayor retribución mensual total, a pagar en los meses de junio y 
diciembre,

que asimismo con esta modificación se incorporan los aportes 
jubilatorios de los y las Residentes al Instituto de Previsión Social 
bonaerense (IPS), sin pérdida de salario de bolsillo,

que las Residencias para Profesionales de la Salud constituyen una 
modalidad de formación, así como lo son las tareas de investigación de 
quien percibe una Beca Doctoral o Postdoctoral,

que la citada modificación del Reglamento de Residencias para 
Profesionales de la Salud de la Provincia de Buenos Aires constituye un 
antecedente pertinente para la
actualización de los derechos de quienes perciben una Beca Doctoral o 
Postdoctoral para realizar tareas de investigación,

que esta Facultad es uno de los principales centros de investigación 
científica del país y en ella realizan sus tareas cientos de personas 
con Becas de Investigación de Doctorado y Posdoctorado otorgadas por 
distintos organismos,

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS Y NATURALES
RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Solicitar a las autoridades de CONICET, AGENCIA I+D+i, UBA 
y otros organismo o instituciones que otorguen becas de investigación 
correspondientes que se instrumente los medios necesarios para la 
incorporación del derecho al Sueldo Anual Complementario (SAC), o 
equivalentemente el pago de un estipendio extra anual a pagarse un 50% 
en junio y otro 50% en diciembre, a quienes posean una Beca por sus 
tareas de investigación científica con dedicación exclusiva.

ARTÍCULO 2º.- Solicitar a las autoridades de CONICET, AGENCIA I+D+i, UBA 
y otros organismos o instituciones que otorguen becas de investigación 
solicitar se instrumenten los medios necesarios para que quienes posean 
una beca por sus tareas de investigación científica con dedicación 
exclusiva obtengan los aportes correspondientes al sistema previsional, 
sin que esto genere una pérdida en el estipendio.

ARTÍCULO 3º.- Regístrese, notifíquese a quienes corresponda, dése amplia 
difusión y publíquese en la página de la Facultad, y cumplido, archívese.

Res. (CD) Nº 2603/22
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