[Todos] [FCEyN] Resolución (CD) Nº 2603/22. Solicitud aguinaldo y aportes para becas de investigación.
Secretaría General - FCEN- UBA
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Fri Dec 16 14:47:49 -03 2022
Se transcribe a continuación el texto de la Res. (CD) Nº 2603/22
aprobada por el Consejo Directivo el día 12/12/22.
Cordialmente
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Secretaría General
Facultad de Ciencias Exactas y Naturales
Universidad de Buenos Aires
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 12 de diciembre de 2022
VISTO el Reglamento de Becas de Investigación Científica y Tecnológica
del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET),
el Reglamento de Becas de Investigación de la Universidad de Buenos
Aires (UBA), el Reglamento de becas de proyectos AGENCIA I+D+i y el
Reglamento de Residencias para Profesionales de la Salud de la Provincia
de Buenos Aires (Decreto 1572/2022) y
CONSIDERANDO
que las personas que realizan tareas de investigación en el marco de su
formación doctoral o postdoctoral pueden, en caso de obtenerla, recibir
como contraprestación por sus tareas una Beca,
que son recursos humanos altamente calificado,
que el Reglamento de Becas del CONICET reconoce tres tipos de Becas:
Doctorales, destinadas a realizar estudios de doctorado de las personas
seleccionadas; Becas de Finalización de Doctorado, para finalizar
estudios de doctorado; y Becas Posdoctorales, destinadas a la formación
como investigadores mediante la realización de actividades de
investigación científica y tecnológica de candidatos que han completado
su doctorado,
que estas becas otorgadas por CONICET consisten en el pago de un
estipendio mensual, el otorgamiento de cobertura de una ART y, en los
casos que correspondan, Licencias y los Adicionales por Cobertura Médico
Asistencial y por Familia,
que, según el Reglamento de Becas del CONICET es obligación de aquellas
personas beneficiarias de la Beca “dedicarse en forma exclusiva a las
tareas académicas y de investigación requeridas en el plan de trabajo de
la beca, sólo compatibles con cargos docentes de nivel secundario,
terciario y/o universitario, cuando a juicio de sus directores
contribuyan a su formación”,
que la UBA otorga “Becas de Doctorado” y “Becas de Culminación de
Doctorado”,
que la UBA garantiza a sus becarios de investigación Licencia por
maternidad de acuerdo a las leyes vigentes, cobertura médica a través
del Plan de Salud para Estudiantes y Graduados de DOSUBA; y un seguro de
riesgos por accidentes de trabajo contratados por la UBA durante el
período de duración de la beca,
que, según el Reglamento de Becas del CONICET es obligación de aquellas
personas beneficiarias de la Beca “dedicarse en forma exclusiva a las
tareas académicas y de investigación requeridas en el plan de trabajo de
la beca, sólo compatibles con cargos docentes de nivel secundario,
terciario y/o universitario, cuando a juicio de sus directores
contribuyan a su formación”,
que, según el Reglamento de Becas de Investigación de la UBA, las becas
de Doctorado son de dedicación exclusiva, sólo compatible con un cargo
docente en la UBA con dedicación simple rentado o ad-honorem,
que, en consecuencia quienes realizan tareas de investigación científica
con dedicación exclusiva en el marco de una Beca otorgada por organismos
como el CONICET o la UBA carecen al día de hoy de derechos laborales
como ser el pago del Sueldo Anual Complementario (SAC) o aguinaldo y de
aportes jubilatorios,
que en Octubre de 2022 el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires ha
actualizado el Reglamento de Residencias para Profesionales de la Salud
mediante el Decreto 1572/2022, incorporando el derecho de los y las
Residentes a una bonificación equivalente al cincuenta por ciento (50%)
de la mayor retribución mensual total, a pagar en los meses de junio y
diciembre,
que asimismo con esta modificación se incorporan los aportes
jubilatorios de los y las Residentes al Instituto de Previsión Social
bonaerense (IPS), sin pérdida de salario de bolsillo,
que las Residencias para Profesionales de la Salud constituyen una
modalidad de formación, así como lo son las tareas de investigación de
quien percibe una Beca Doctoral o Postdoctoral,
que la citada modificación del Reglamento de Residencias para
Profesionales de la Salud de la Provincia de Buenos Aires constituye un
antecedente pertinente para la
actualización de los derechos de quienes perciben una Beca Doctoral o
Postdoctoral para realizar tareas de investigación,
que esta Facultad es uno de los principales centros de investigación
científica del país y en ella realizan sus tareas cientos de personas
con Becas de Investigación de Doctorado y Posdoctorado otorgadas por
distintos organismos,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS Y NATURALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Solicitar a las autoridades de CONICET, AGENCIA I+D+i, UBA
y otros organismo o instituciones que otorguen becas de investigación
correspondientes que se instrumente los medios necesarios para la
incorporación del derecho al Sueldo Anual Complementario (SAC), o
equivalentemente el pago de un estipendio extra anual a pagarse un 50%
en junio y otro 50% en diciembre, a quienes posean una Beca por sus
tareas de investigación científica con dedicación exclusiva.
ARTÍCULO 2º.- Solicitar a las autoridades de CONICET, AGENCIA I+D+i, UBA
y otros organismos o instituciones que otorguen becas de investigación
solicitar se instrumenten los medios necesarios para que quienes posean
una beca por sus tareas de investigación científica con dedicación
exclusiva obtengan los aportes correspondientes al sistema previsional,
sin que esto genere una pérdida en el estipendio.
ARTÍCULO 3º.- Regístrese, notifíquese a quienes corresponda, dése amplia
difusión y publíquese en la página de la Facultad, y cumplido, archívese.
Res. (CD) Nº 2603/22
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