[Todos] [FCEyN] Resolución (CD) Nº 2606/22. Preocupación por faltas al debido proceso durante la "Causa Vialidad”
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Wed Dec 14 18:30:50 -03 2022
Se transcribe a continuación el texto de la Res. (CD) Nº 2606/22
aprobada por el Consejo Directivo el día 12/12/22.
Cordialmente
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Secretaría General
Facultad de Ciencias Exactas y Naturales
Universidad de Buenos Aires
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 12 de diciembre de 2022
VISTO el desarrollo del juicio conocido como “Causa Vialidad” y los
hechos de connivencia que tomaron estado público previo a la sentencia
condenatoria y
CONSIDERANDO
que el Estado de derecho, las garantías constitucionales y el debido
proceso son pilares esenciales para el desarrollo de la vida
democrática,
que se hicieron públicas fotos del fiscal Diego Luciani junto al juez
Rodrigo Giménez Uriburu integrando el mismo equipo en un partido de
fútbol disputado en 2019 en la quinta Los Abrojos, propiedad del
entonces presidente de la Nación Mauricio Macri,
que estas imágenes sugieren parcialidad y connivencia, conductas
sancionadas por los arts. 1.1, 1.2, 1.3 y 1.6 de las reglas de Bangalore
sobre conducta judicial (Naciones Unidas, 2006) y por el art. 11 el
Código Iberoamericano de Ética Judicial,
que las normas mencionadas establecen que el juez está obligado a
abstenerse de intervenir en aquellos casos que se encuentra comprometida
su imparcialidad o en lo que un observador razonable pueda entender que
hay motivos para pensar así,
que el juez de instrucción Julián Ercolini que investigó y elevó esta
causa a juicio fue encontrado en situación de posible admisión de
dádivas y tráfico de influencias (Arts. 259 y 256 bis del Código Penal),
hecho por el cual se encuentra imputado en la justicia federal de la
ciudad de Bariloche junto a los jueces Carlos Mahiques (Casación
Federal), Pablo Yadarola (Penal Económico) y Pablo Cayssials
(Contencioso Administrativo), el fiscal general porteño Juan Bautista
Mahiques, el ministro de seguridad porteño, Marcelo D'Alessandro, el
exfuncionario de inteligencia Leonardo Bergroth, el experto en campañas
digitales Tomás Reinke y los directivos del grupo Clarín Jorge Rendo y
Pablo Casey,
que hay jurisprudencia de la Corte Suprema Nacional indicando que todo/a
ciudadano/a tiene derecho a ser juzgado/a por jueces independientes e
imparciales y que la violación de esta garantía judicial constituye una
grave lesión al debido proceso legal,
que tomó estado público la privación de defensa por parte del Tribunal
Oral cuando le negó a Cristina Fernández de Kirchner el derecho previsto
en el art. 380 del Código Procesal Penal de la Nación que establece que
“en el curso del debate el imputado podrá efectuar todas las
declaraciones que considere oportunas, siempre que se refieran a su
defensa”,
lo actuado por este Cuerpo en sesión del día de la fecha,
las atribuciones que le confiere el Art. 113 del Estatuto Universitario,
EL CONSEJO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS Y NATURALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Manifestar gran preocupación por las faltas al debido
proceso a lo largo del desarrollo de la llamada “Causa Vialidad”, que
constituyen una grave afectación al Estado de derecho y una amenaza para
el régimen democrático.
ARTÍCULO 2º.- Reclamar a las autoridades correspondientes de los tres
poderes de la Nación una pronta revisión del funcionamiento del Poder
Judicial, especialmente el fuero federal, en cuanto a faltas gravísimas
a la ética, evidencias de parcialidad y persecución por razones
políticas.
ARTÍCULO 3º.- Regístrese, comuníquese y dése amplia difusión. Cumplido
pase a guarda temporal.
Res. (CD) Nº 2606/22
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