[Todos] [FCEyN] Resolucion (CD) N 272/16. Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual

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Lun Mar 7 16:45:44 ART 2016


Se transcribe a continuación el texto de la Res. (CD) Nº 272/16 aprobada
por el Consejo Directivo en su sesión del día 29/02/16.

Cordialmente

-- 
Secretaría General
Facultad de Ciencias Exactas y Naturales
Universidad de Buenos Aires

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 29 de febrero de 2016

VISTO

El Decreto de Necesidad de Urgencia N° 267/2015 que crea el Enacom y
remueve al directorio de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación
Audiovisual en clara violación de la atribución conferida por el artículo
N° 15 de la ley 26.522 al Consejo Federal de Comunicación Audiovisual.

El artículo 24 del decreto de Necesidad de Urgencia N°267/2015 que
disuelve el Consejo Federal de Comunicación Audiovisual,

El artículo 5 del DNU N° 267/2015 que define la integración del Enacom por
siete miembros, cuatro designados por el Poder Ejecutivo y tres por el
Congreso, quitando la representación universitaria reconocida en el
Directorio del AFSCA por la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual,
vigente hasta su modificación mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia
267/2015

La Resolución N° 931/10 de este Consejo Directivo que destaca que en la
ley se realce la figura de las Universidades Nacionales como
licenciatarias y se les otorgue un lugar de importancia en las distintas
instancias de control.

La Resolución N°2468/12 de este Consejo Directivo que celebra el
reconocimiento de la constitucionalidad de la Ley N° 26.522 por parte de
la Corte Suprema y se compromete a apoyar la tarea de la Autoridad Federal
de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) tendiente a garantizar la
plena entrada en vigencia de la Ley N°26.522 y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 15 de la Ley N°26.522 de Servicios de Comunicación
Audiovisual, creó el Consejo Federal  de Comunicación Audiovisual, para
colaborar y asesorar en el diseño de la política pública de radiodifusión.

Que el artículo 16 de la Ley N°26.522 establecía que “el Consejo Federal
de Comunicación Audiovisual tendrá dentro de sus integrantes a un
representante de las emisoras de las universidades nacionales, y a un
representante de las universidades nacionales que tengan facultades o
carreras de comunicación;”

Que la Universidad de Buenos Aires cuenta, dentro de la Facultad de
Ciencias Sociales, con la carrera de Ciencias de la Comunicación.

Que el artículo 15 inciso n), establecía entre sus facultades la de
proponer para su nombramiento por parte del Poder Ejecutivo nacional, dos
directores de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación
Audiovisual, debiendo uno de ellos ser un académico representante de
universidades nacionales.

Que el artículo 15, inciso ñ), establecía entre sus facultades la de
proponer para su nombramiento por parte del Poder Ejecutivo nacional, dos
directores de Radio y Televisión Argentina Sociedad del Estado, debiendo
uno de ellos ser un académico representante de universidades nacionales.

Que el artículo 15 inciso o), establecía entre sus atribuciones la de
remover a los directores de la Autoridad Federal de Servicios de
Comunicación Audiovisual por el voto de los dos tercios (2/3) del total de
sus integrantes mediante un procedimiento en el que se haya garantizado en
forma amplia el derecho de defensa, debiendo la resolución que se adopta
al respecto estar debidamente fundada en las causales antes previstas.

Que la Resolución N°931/10 del Consejo Directivo de la Facultad de
Ciencias Exactas y Naturales, entre sus considerandos destacaba que la Ley
N°26.522  era "producto de un extenso proceso de debate y construcción de
las bases mismas de la sociedad abarcando todo el territorio nacional, del
que participaron organismos de derechos humanos, las Universidades
Nacionales y sus Carreras de Comunicación o Ciencias de la Información o
Periodismo, los gremios de trabajadores de la comunicación, el movimiento
Cooperativo, radios comunitarias y de pequeños y medianas empresas y de
numerosos movimientos sociales, constituyéndola en una genuina expresión
de la democracia"

Que el Decreto de Necesidad de Urgencia N°267/2015 carece de ese extenso
proceso de debate y construcción, aduciendo una supuesta necesidad y
urgencia que no explicita los motivos.

Que el Decreto de Necesidad de Urgencia N° 267/2015 en su artículo 5
remueve la representación universitaria en las distintas instancias de
control.


EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS
 EXACTAS Y NATURALES
RESUELVE:

Artículo 1.- Expresar preocupación por el reemplazo de la Ley N°26.522 por
el Decreto de Necesidad y Urgencia N°267/2015, y su consiguiente riesgo de
afectación a la libertad de expresión y la pluralidad de voces.

Artículo. 2.- Solicitar a los miembros de la Comisión Bicameral Permanente
que deben expedirse acerca de la validez o invalidez de dicho decreto, a
invitar a representantes universitarios a expresarse sobre la relavancia
social que supone la participación en la definición y control de la
política de comunicación audiovisual por parte de las Universidades
Nacionales.

Artículo. 3.- Solicitar a las autoridades del Enacom información sobre la
continuidad de las políticas implementadas en la Ley N°26.522 sobre la
incorporación del canal UBA TV a la Televisión Digital Abierta, y el
financiamiento de los centros de producción audiovisual universitarios.

Artículo 4.- Regístrese, comuníquese al Ministerio de Comunicaciones, a la
Universidad de Buenos Aires, a la Secretaría Legal y Técnica de la Nación,
al Enacom, a la Comisión Bicameral Permanente del Honorable Congreso de La
Nación, dése Difusión en el ámbito de la Facultad, cumplido archívese.


Resolución CD Nº 272/16

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