[Todos] [FCEyN] Res.CD Nº 2472 Elecciones Centro de Estudiantes

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Tue Oct 16 17:25:41 ART 2012


A la comunidad de la Facultad

Se adjunta la Resolución del día 15/10/2012 del Consejo Directivo 
vinculada con Elecciones del Centro de Estudiantes de esta Facultad.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 15  de Octubre de 2012

VISTO

Los hechos ocurridos en el Pabellón 2 durante el escrutinio del CECEN del
pasado Sabado 29 de septiembre

CONSIDERANDO

Que el CECEN es una institución autónoma e independiente que representa
gremialmente a todos los estudiantes de la FCEyN.

Que el mismo debe contar con las condiciones necesarias para llevar a cabo
sus actividades gremiales, incluyendo las electorales.

Que dichas actividades deben realizarse en un marco de respeto por el
patrimonio y los trabajadores docentes y no-docentes de la FCEyN.

Que deben dejarse explicitadas las facilidades que la FCEyN cederá al
CECEN para llevar a cabo los actos electorales anuales de renovación de la
Comisión Directiva.

Que en este último año la realización de dicho acto electoral implicó el
uso de la biblioteca no parlante sin autorización y que durante el mismo
hubo dispersión de basura en el pabellón 2 incluyendo envases de bebidas
alcoholicas de vidrio -rotos y sanos-, excrementos humanos en el ámbito de
los baños del pab. 2 y en el pasillo de las aulas del subsuelo, el rociado
con cerveza de la réplica de gliptodonte ubicada en el playón central del
pab. 2, etc.

Lo aconsejado por la Comisión de Interpretación y Reglamento
Lo actuado por este Cuerpo en sesión del día de la fecha

En uso de las atribuciones que le otorga del Estatuto Universitario en su
Art. 113


EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS Y NATURALES
RESUELVE:

Artículo 1.-: La FCEyN deberá entregar al CECEN los padrones de alumnos en
un plazo no mayor de 7 días corridos a partir de la fecha del pedido
formal hecho por la autoridad del CECEN que este designe a la Secretaria
Académica. En este mismo acto el CECEN deberá informar las fechas de la
elección, a  fin de solicitar el uso de espacios para las mismas.

Artículo 2.-: Todas las actividades electorales pueden realizarse en
cualquiera de los espacios  que la FCEyN  ha cedido al  CECEN para sus
usos determinados, sin requerir autorización alguna. Los espacios que no
hayan sido cedidos al CECEN en forma explicita por nota no podrán ser
utilizados para el acto electoral, incluyendo el escrutinio.

Artículo 3.-: La persona responsable de las acciones que se lleven a cabo
en el marco del acto electoral, incluido el escrutinio, será aquella
autoridad del CECEN que haya solicitado los padrones indicados en el
articulo 1.

Artículo 4.-: Los espacios de la FCEyN que hayan sido utilizados por el
CECEN para realizar su acto eleccionario deberán ser entregados en las
mismas condiciones de limpieza en las que fue cedido.

Artículo 5.-: Cualquier facilidad adicional que el CECEN requiera deberá
ser solicitada por nota a la secretaria correspondiente con al menos 7
días corridos de antelación, quedando a criterio de las autoridades de la
FCEyN, como institución autónoma, si debe ser otorgada.

Artículo 6.-: Comuníquese al Consejo Superior de la UBA. Dése amplia
difusión en el ámbito de la Facultad. Regístrese y cumplido archívese.



RES. CD Nº 2472


Secretaría de Consejo Directivo y Relaciones Institucionales
Facultad de Ciencias Exactas y Naturales
Universidad de Buenos Aires

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Lista de distribucin interna de la FCEyN


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