[Todos] [FCEyN] Nueva normativa AFIP: Compra de divisas extranjeras para viajes.

Secretaría de Hacienda y Administración hacienda at de.fcen.uba.ar
Tue May 29 19:20:31 ART 2012


Informamos que por medio de la Resolución General Nº 3.333 de la AFIP
entra en vigencia a partir del día de hoy una nueva normativa de alcance
nacional para la adquisición de moneda extranjera destinada a viajes al
exterior.

A partir del día de la fecha, los residentes que requieran la compra de
divisas para viajar al exterior deberán aportar a la AFIP los siguientes
datos a través de la página web del organismo (www.afip.gov.ar) y con su
clave fiscal, en la sección "CONSULTA DE OPERACIONES CAMBIARIAS", opción
"VIAJE AL EXTERIOR":

- Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.), Código Único de
Identificación Laboral (C.U.I.L.) o tipo y número de documento de
identidad.
- Apellido y nombres.
- Fecha de nacimiento.
- Actividad laboral o profesional.
- País de destino y escalas.
- Motivo del viaje.
- Fecha de salida.
- Fecha de regreso.
- Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) del operador
turístico, agencia de viajes o similar, costo del viaje, cantidad de
cuotas y forma de pago de las cuotas: tipo de moneda, vencimiento, etc.,
de corresponder.
- Medio de transporte.
- Cantidad solicitada en pesos para la adquisición de divisas.

El texto completo de este mensaje así como una transcripción de la
Resolución General de la AFIP puede consultarse en:
http://www.exactas.uba.ar/download.php?id=2417

Secretaría de Hacienda y Administración
Facultad de Ciencias Exactas y Naturales
Universidad de Buenos Aires

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