[Todos] [FCEyN] Resoluciones relacionadas con epidemia de gripe A

Jorge Aliaga decanato at de.fcen.uba.ar
Fri Jul 3 13:43:31 ART 2009


                                         3 de julio de 2009
A la comunidad de la Facultad

En función de las medidas tomadas por los Ministerios de Salud y Trabajo
de la Nación y el Rectorado de la UBA, y lo informado en el mensaje
enviado el 1 de julio de 2009, se han dictado 3 resoluciones.
Se pueden descargar las resoluciones completas desde los siguientes links:
-Resolución D 1747/09
 http://www.exactas.uba.ar/download.php?id=947
-Resolución D 1749/09
http://www.exactas.uba.ar/download.php?id=948
-Resolución D 1751/09
http://www.exactas.uba.ar/download.php?id=949

En las mismas se establece que:

a) se suspenden las actividades académicas en la Facultad a partir del
lunes 6 de julio de 2009, y por el término de 15 días. Esta medida incluye
la suspensión de clases, parciales, recuperatorios y exámenes finales.
También se suspende la atención al público de la Biblioteca y las
actividades académicas del Jardín Maternal.

b) se establecen los procedimientos para otorgar licencia extraordinaria
desde el 2 de julio y hasta el 24 de julio a las trabajadoras embarazadas,
trabajadores mayores de 65 años y trabajadores definidos por la normativa
vigente como grupo de riesgo. En esta condición se incluye
inmunodeprimidos o inmunocomprometidos, que padezcan enfermedades
oncológicas o enfermedades que le provoquen inmunosupresión, con
afecciones crónicas de los sistemas pulmonar y cardiovascular (patologías
cardíacas o afecciones respiratorias), como por ejemplo: cardiopatía, asma
grave, enfisema, enfermedad fibroquística, hipertensión pulmonar, con
enfermedades metabólicas (diabetes), insuficiencia renal,
hemoglobinopatías e inmusupresión (incluye HIV –Positivo- e
inmunosupresión por medicación). También se establece el procedimiento
para otorgar licencias extraordinarias de hasta 15 días a las personas que
tuvieran que atender el cuidado un miembro de su grupo familiar primario
en virtud de la enfermedad INFLUENZA A (H1N1)

c) se establece que podrán solicitar licencia extraordinaria, a partir del
día 6 de julio de 2009 y por un plazo máximo de quince (15) días corridos,
el personal de esta Facultad que siendo madres, padres o tutores tengan
declarados a su cargo, en la dirección de personal de esta Facultad, niños
menores de catorce (14) años o hijos incapacitados de cualquier edad,
pertenecientes al grupo familiar primario. Esta licencia se otorgará a un
solo padre por grupo familiar primario.

Dependiendo de las medidas que se decidan en función de la evolución de la
situación y de las recomendaciones que se emitan desde los órganos
competentes, desde la Secretaría Académica, y en consulta con los
Departamentos Docentes, se reprogramarán las actividades suspendidas.

Atentamente,

Jorge Aliaga
Decano
FCEN - UBA


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