[Todos] Sobre la Asamblea Universitaria

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Sat Nov 1 13:26:52 ARST 2008


AGD UBA

Reproducimos para conocimiento y deliberación de todos los docentes, la
Declaración de nuestra Mesa Ejecutiva en relación a la reciente Asamblea
Universitaria y los Estatutos de la UBA. Cabe resaltar que la misma no
trató ni incorporó en su orden del día el tratamiento de la
democratización de su Gobierno, demanda y aspiración que motivara el
reclamo de su convocatoria.

Néstor Correa
Secretario General

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Reforma del estatuto de la UBA

DOS MODELOS DE UNIVERSIDAD EN CONFRONTACIÓN

El viernes 17 de octubre se reunió la Asamblea Universitaria para tratar
la modificación del Estatuto. En el restrictivo orden del día, aprobado
por el CS, y en el cuál se dejó de lado el debate sobre el Gobierno
Universitario, existían dos propuestas principales de reforma: la
oficial y la de nuestro gremio. La convocatoria realizada con apenas 9
días de anticipación, la sorpresa de un proyecto "oficial" remitido a
los consejeros con menos anticipación aún y el despliegue de un enorme
dispositivo de seguridad policial (que incluyó el vallado completo del
Colegio Nacional Buenos Aires, más patrulleros y carros hidrantes)
marcaron la impronta de este intento de reforma cuya forma y metodología
se condice con su contenido.

Así se expresaron dos modos diametralmente diferentes de ver la UBA y su
futuro. El proyecto oficial, aggiornando la retórica, avanza hacia la
inconclusa reforma del modelo de la menemista Ley de Educación Superior:
vulnera la autonomía, abre puertas a una mayor mercantilización y
excluye aún en el papel derechos que estaban vigentes.

La propuesta de estatuto de la AGD plantea convertir en derechos de los
docentes y toda la comunidad académica, las demandas democráticas y de
renovación ante los cuales el oficialismo engañosamente claudica.

Un aspecto troncal del proyecto de la AGD consiste en hacer posible la
mínima base que requiere una institucionalidad democrática: dotar a
todos los docentes de la UBA de "ciudadanía política", esto es, el
derecho elemental a participar, a tener representación en el cogobierno,
a elegir y ser elegido, incluyendo por cierto en ello a los docentes del
CBC y de los Colegios de la UBA. Esto no sólo no es contemplado en el
proyecto oficial, sino que ni siquiera se ha puesto en discusión el
hecho de que casi el 80% de los docentes esté excluido del sobre
representado y progresivamente reducido núcleo de profesores regulares
sobre el que reposa el actual cogobierno. Mientras que se ha postergado
el tratamiento del Título del Estatuto que hace al cogobierno y
convalidado el relegamiento de la mayoría de los docentes a la categoría
de auxiliares, la AGD propuso la conformación de un claustro único
docente (que además rige actualmente en la mayoría de las universidades
nacionales).

El proyecto presentado por la AGD propone además:

* Carrera Docente. Como sistema que articula el derecho gratuito a la
formación, capacitación y perfeccionamiento -en horario laboral- con un
régimen de ingreso y promoción académica por medio de evaluaciones
periódicas y concursos garantes de la estabilidad laboral y de la
calidad académica. Y rompiendo con el manejo punteril de nombramientos y
concursos.

* Jubilación. Regida por las leyes vigentes para el personal civil del
Estado; monto de haber jubilatorio móvil no inferior al 82% del sueldo
en actividad. Extensión de los mismos derechos para el personal
no-docente.

* Ad-honorem. Explícita exclusión de la posibilidad de desempeñar las
tareas enseñanza e investigación sin percibir el salario
correspondiente, o bajo el eufemismo del carácter Ad-honorem (los que
sólo enseñan por "honor") rompiendo con el congelamiento de planta y de
ascensos.

El proyecto oficial EXCLUYE O ELIMINA DELIBERADAMENTE estas cuestiones
nodales, y avanzó de modo relativamente explícito en adecuar el Estatuto
de la UBA a la Ley de Educación Superior y a la Ley de Administración
Financiera de Menem-Cavallo (se copia fragmentos idénticos),
contrariando así la autonomía.

Identificamos su carácter regresivo en los siguientes aspectos:

* Mercantilización, venta de servicios y patentes: en sus "Bases" se
incorpora la idea de transferencia científica y tecnológica conservando
el asesoramiento técnico a instituciones privadas así como la
participación en las actividades de las empresas, así como en su Título
III un artículo nuevo (68) referido a la implementación de políticas
activas que comprometan recursos y capacidades para la extensión y
transferencia no manifiesta restricciones o condicionamientos al
respecto. Como broche final borra del actual estatuto que "Son recursos
de la Universidad: (…) Los derechos de explotación de patentes de
invención o derechos intelectuales que pudieran corresponderle por
trabajos realizados en su seno, en la forma que reglamente el Consejo
Superior" (Cap. III Art. 81)

A su vez, extiende las formas de financiamiento hacia formas más allá de
lo previsto por la Ley de Presupuesto. No sólo avanza en los recursos
propios sino que plantea el financiamiento a través de recursos
previstos por cualquier ley. También determina que habrá una nueva
operatoria para recaudación de los ingresos por fuera de los previstos
por el Tesoro Nacional.

* Claustros, jerarquías académicas y cogobierno: en sus "Bases" se
incorpora la denominación de "auxiliares docentes" distinguiendo a éstos
respecto de los profesores, a su vez se ratifica en el Titulo II -Del
personal docente y de investigación- su diferenciación como las dos
categorías en que se divide al conjunto de docentes. Esta jerarquización
atenta contra la posibilidad de un claustro único (que proponemos desde
la AGD) aún si explicitar la cuestión del gobierno. Por otra parte cabe
recordar que la necesidad de la reforma del actual estatuto tuvo como
detonante la lucha por la democratización (y particularmente a partir de
la cuestionada designación de Alterini como rector de la UBA que puso de
manifiesto la ausencia de democracia institucional) que ahora se ha
desplazado del debate público para ser tratado "más adelante" (¿será que
la asamblea no delibera públicamente sino que vota sólo aquello
acordado?).

* Gratuidad y derecho a la educación (en todos los niveles): Garantiza
la gratuidad del grado (que en el Estatuto anterior, por darse por
supuesto, no figuraba), pero de ningún modo la del posgrado, ni la de
los establecimientos educativos de nivel secundario o primario
dependientes de la universidad.

* Acortamiento de carreras y títulos intermedios: En su Titulo I se
plantea la división de las carreras de grado en ciclos, acreditables
total o parcialmente, que contemplan los trayectos de formación básica y
general y pueden ser comunes a varias carreras y también facultades. De
esta manera se abre la posibilidad de un acortamiento de hecho en las
carreras de grado, el empobrecimiento de sus contenidos específicos y
disciplinares así como de los títulos resultantes (títulos
"intermedios"). Y el intento de utilizar al CBC como una herramienta
para ello.

* Estabilidad, jubilación y carrera docente: Persiste (Art.51) el cese
compulsivo de los profesores a los 65 años de edad, aún cuando no reúnan
las condiciones para jubilarse y elimina el capítulo dedicado al derecho
de los docentes a percibir una jubilación del 82% móvil. Se eliminan los
artículos que referían a la carrera docente (el Art. 23: para la
incorporación de sus graduados, Art.46: sobre la organización de
concursos de profesores y los Art. 66 y 67: sobre auxiliares)
ratificándose el perimido sistema de concursos y estableciendo una
"carrera de formación docente" como profesorado, para los docentes
auxiliares.

* Investigación. Ésta aparece como exigencia para todo docente (sea
profesor o auxiliar) con dedicación exclusiva o semiexclusiva,
eliminándose así la posibilidad de que aquellos docentes que sólo
realicen docencia puedan conservar tales dedicaciones. Se presenta
además como obligación sin garantizar los medios y los recursos para la
investigación, ni que su origen provenga del presupuesto universitario o
de otros fondos públicos provenientes del tesoro nacional. Asimismo
quedan disociadas las funciones de los Institutos respecto de los
Departamentos (que organizan la docencia) y su inscripción institucional
en las Facultades.

* Gobierno: A pesar de haberse planteado que el tratamiento de la
cuestión del Cogobierno sería "más adelante", se modifican las
competencias de los órganos de cogobierno y otros aspectos relacionados,
se confieren atribuciones al Consejo Superior y se reduce el periodo de
la representación estudiantil en el Consejo Superior a 1 año. Pero lo
que es más importante, es que, de esta manera, se desconoce que en el
reclamo de democratización del cogobierno se funda principalmente la
necesidad de modificar este estatuto.

* Colegios Preuniversitarios: Reconoce una reivindicación histórica de
los preuniversitarios al reconocerles su conformación como Unidad
Académica (Art 5, Título I. Cap I) pero despojada de los atributos
propios de las mismas (en cuanto a designación de cargos docentes,
proponer planes de estudio, etc.). Se innova respecto del actual
estatuto en que los establecimientos pueden tener órganos colegiados de
asesoramiento y resolutivos, pero sólo como posibilidad sujeta a las
disposiciones del consejo superior. Ergo: el CS puede disponer lo
contrario. Por otra parte la "dirección y administración" queda a cargo
de Consejos en que se halla representados cada una de las facultades
pero ¡no los representantes electos de las escuelas! De esta manera se
desconoce el "Acta compromiso" firmada con los colegios universitarios
en la que se avanza con la creación de los consejos resolutivos.

* Derechos de los estudiantes: Elimina derechos consagrados de los
estudiantes: la UBA ya no proporciona la igualdad de oportunidad a
través de becas sino que la "promueve" (es decir, no la garantiza) a
partir de la creación de "becas y otros géneros" (por ejemplo, pasantías
en las que los estudiantes de la UBA sirven de mano de obra
superflexibilizada para empresas). Tampoco garantiza más la alimentación
y la vivienda a los estudiantes, sino que ahora les brindará recreación
(aunque no se garantiza tampoco su gratuidad).

Este proyecto, que denominamos "oficial" dado que fue firmado por los 13
decanos, fue entregado en copia pocos días antes a los Consejeros (en
muchísimos casos 3 días antes). De modo que no existió posibilidad de su
estudio por parte de la mayoría de los asambleístas, menos para su
difusión, conocimiento y deliberación entre toda la comunidad de la UBA.
No obstante fue aprobado a mano alzada "en general" el pasado 17 de
octubre SIN TRATAMIENTO PREVIO por la mayoría de los asambleístas. Un
hecho inadmisible en cualquier órgano deliberativo y legislativo, y un
inescrupuloso y vergonzoso ejemplo ostentado por las autoridades la UBA.
La sesión se prolongó durante 9 horas en las que se trató y finalmente
aprobó "en particular" pero sin detenerse en el articulado, ni tampoco
darle tratamiento a los demás proyectos incluidos en el temario, entre
los que se encontraba el proyecto presentado por la AGD.

Como AGD hemos participado activamente en las comisiones convocadas para
la elaboración del nuevo estatuto, donde planteamos los aportes y
visiones debatidas ampliamente por una gran cantidad de docentes
comprometidos con los necesarios cambios. Sin embargo las comisiones
fueron vaciadas, y el proyecto elaborado en una oficina a puertas
cerradas.

Desgraciadamente este bochornoso episodio hunde en la mayor
deslegitimación y desprestigio al máximo órgano de gobierno de la UBA,
retrotrayéndonos a las más oscuras etapas de implementación de las
reformas neoliberales que, a más de una década, acompañaron la sanción
de la menemista Ley de Educación Superior.

La disputa por el modelo de universidad no está cerrada. Valoramos el
esforzado trabajo de todos los docentes que participaron en la
elaboración del proyecto presentado por AGD, el apoyo de los
asambleístas que aún en condiciones adversas y avasallantes alzaron su
voz con autonomía para defender sus principios, y estamos confiados en
que la comunidad universitaria no tardará en ponerse de pie para frenar
estos atropellos e involucrarse en la refundación de una UBA
verdaderamente pública cuya labor científica y compromiso social se
corresponda con la máxima democracia interna y con la defensa de los,
hoy vapuleados, derechos de los más de 30000 trabajadores docentes que
la hacemos posible.

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