[Todos] Reformar el reglamento de concursos el 22 de diciembre?

AGD-FCEyN agd at fcen.uba.ar
Wed Dec 17 15:22:59 ARST 2008



Hace menos de un mes, se discutió en los Departamentos una propuesta de
reforma del Reglamento de Concursos de Docentes Auxiliares propuesta por
el oficialismo de la FCEyN (ADU, Mayoría de Profesores). Esta propuesta
fue mayoritariamente objetada por los Departamentos, y rechazada en la
ultima sesion de Consejo Directivo.

El jueves pasado en la reunión de la Comisión de Concursos, ADU insistió
con introducir parte de las modificaciones al Reglamento de Concursos
contenidas en su proyecto original y no incluidas en la consulta a los
CoDeps (ver abajo del mensaje). Además de no consultar esta vez a los
Departamentos, quiere aprobar estas reformas en la ultima sesión de
Consejo Directivo del año.

La AGD considera que una reforma tan importante al régimen laboral de
los docentes auxiliares no puede hacerse a las apuradas, sin una amplia
discusión  en los Departamentos Docentes y un 22 de diciembre en la
última sesión del año.

Por esta razón convocamos a todos los docentes a asistir a la Comisión
de Concursos este jueves 18 de diciembre a las 17 hs en el salón de
Consejo Directivo.

AGD-FCEyN

Afiliate y participá del unico gremio que defiende consecuentemente los
derechos de los docentes de la UBA

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Modificaciones textuales a votarse el 22/12/08:

ARTICULO 2º

Los concursos para todas las categorías de docentes auxiliares con
dedicación parcial serán por grupo de asignaturas o áreas
departamentales, según las necesidades del departamento docente
respectivo. En el caso de dedicación exclusiva o semiexclusiva  se
determinará también el campo de investigación. Cada departamento elevará
la nómina de grupos de asignaturas, areas y campos de investigación,
indicando el número, la categoría y la dedicación de los cargos que se
concursaran en cada caso.

Articulo 27º BIS 4

El Jurado podrá establecer una entrevista personal con los postulantes
del concurso. La fecha y la modalidad de la misma deberán ser
notificadas a los postulantes utilizando los mismos medios que se
utilizan para difundir la modalidad de la Prueba de Oposición. En la
entrevista personal, el Jurado podrá preguntar a los postulantes sobre
los aspectos de su actividad académica que considere pertinente. Los
elementos de juicio que el Jurado reúna durante el desarrollo de la
entrevista personal podrán ser utilizados para clarificar sus puntos de
vista y podrán ser volcados en la elaboración de los puntajes asignados
a los aspirantes en los items de la tabla de puntajes establecidos en el
Articulo 29º.

ARTICULO 27º y 27 BIS 2

En ningún caso se computará como antecedente científico el mero
ejercicio de un cargo actual o anterior que suponga actividades de
investigación sino la actividad científica generada a partir de su
desempeño.

En ningún caso el jurado podrá considerar como mérito la mera antigüedad
en el ejercicio de la profesión o la acumulación de antecedentes
laborales extra académicos de valor escaso o nulo.

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