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Sat Jun 26 16:47:49 ART 2004


UN CASO DE ESTUDIO: CONCURSO DE RENOVACIÓN DEL DEPARTAMENTO DE COMPUTACIÓN

CRONOLOGÍA

13/12/01  Cierra la inscripción al concurso de renovación de la Dra.
Patricia Borenzstejn del departamento de computación. En el acta figura
una inscripta: la Dra Borensztejn. (fojas 81 del expediente número 467822)

01/03/02  El departamento de computación recibe el acta de cierre del
concurso. Esta acta es publicada en la cartelera del departamento (según
la normativa vigente) y permanece publicada hasta por lo menos el mes de
noviembre del 2002. (fojas 83 del expediente)

26/03/02  El departamento de concursos realiza un acta complementaria de
inscripción al concurso declarando inscripto al Dr Wainer. En este acta
consta que ese día se ha recibido un sobre de Ottawa, Canadá cuyo sello
corresponde al 12 de diciembre del 2001. (fojas 140 del expediente)

   ¿?    Se agrega al expediente una fotocopia de un sobre dirigido al Dr
Guillermo Durán, departamento de computación. La fecha de envío de la
fotocopia del sobre es completamente ilegible.  Esta fotocopia sólo
muestra el anverso del sobre, y por lo tanto tampoco consta el
remitente del supuesto sobre.

08/04/02  El departamento de computación recibe el acta complementaria de
inscripción al concurso. (fojas 146 del expediente). La Dra. Borenzstejn
denuncia que el acta no fue publicada. (fojas 193/194 del expediente)

09/12/02   La Dra. Borensztejn eleva una nota al decano y al director del
departamento de concursos (Dr. Pacios) relatando una serie de
irregularidades en este concurso (fojas 193 y 194 del expediente) :

* “Ausencia del sobre original despachado desde Canadá, donde conste de
forma clara y sin lugar a dudas que el mismo fue despachado dentro de los
tiempos legales estipulados en el llamado. [
] observándose solamente una
fotocopia con una fecha absolutamente ilegible, por lo que sin duda se ha
violentado el procedimiento que exige la normativa aplicable.”

* “Incumplimiento del artículo 4to del reglamento de concursos donde se
reglamenta que las solicitudes de inscripciones deberán ser “presentadas
en mesa de entradas de cada facultad”. En fojas 89, la fotocopia del
presunto sobre esta dirigida al Sr. Guillermo Durán, depto. de
computación, Fac. de Ciencias Exactas y Naturales.”

* “La solicitud de inscripción del aspirante G. Wainer no tiene fecha de
recepción por mesa de entradas ni la firma, función, y cargo del
funcionario correspondiente. (fojas 91 del expediente)”

* “Incumplimiento por parte del departamento de computación del inciso b)
del artículo 9 de exhibir la nómina de aspirantes inscriptos.”

30/12/02  La asesoría letrada de la facultad eleva una nota en relación a
la carta presentada por la Dra. Borensztejn. (fojas 196 y 197 del
expediente). En la misma informa:

* La falta del sobre original o fotocopia autenticada del mismo es una
infracción del artículo 25 de la Ley de Procedimientos Administrativos
pero no es una infracción achacable al remitente.

* Ese artículo también establece que “En caso de duda debe estarse a la
fecha enunciada en el escrito y en su defecto, se considerará que la
presentación se hizo en término”

* La presentación enviada por el Dr. Wainer se encuentra datada al 4 de
diciembre del 2001, la cual se habría efectuado dentro del plazo de
inscripción.

En base a estos puntos, la asesoría letrada estima que podrían rechazarse
las observaciones formuladas por la Dra. Borensztejn.

Aclaración: aunque diéramos por válidas las argumentaciones de la asesoría
letrada, cabe destacar que no se refiere a la totalidad de las
observaciones de la Dra. Borensztejn. Una observación sumamente importante
que no es mencionada es que el supuesto sobre estaba dirigido al Dr. Durán
en lugar de a mesa de entradas como está establecido. Tampoco es analizado
que no consta quién recibió la inscripción del Dr. Wainer en mesa de
entradas o si alguna vez pasó por esa instancia. De todas maneras la
asesoría letrada estima que pueden rechazarse las observaciones en su
conjunto sin siquiera mencionarlas en su informe.

Año 2003 y hasta el 18/05/04  El expediente duerme en la comisión de
enseñanza del consejo directivo. Si bien es discutido algunas veces, nadie
se anima a ponerle la firma para su aprobación.

18/05/04 Los consejeros Dr. Guillermo Dussel (Mayoría de Profesores - ADU)
y Lic. Carlos Lopez Pombo (Mayoría de Graduados – Conexión) repentinamente
firman un proyecto de la comisión de enseñanza para su tratamiento en el
consejo directivo. El proyecto de resolución establece seguir adelante con
el concurso, considerando al aspirante Gabriel Wainer inscripto en el
mismo.

24/05/04  Reunión de consejo directivo. Se discute el tema y varios
consejeros acuerdan en que las irregularidades son demasiadas para su
aprobación. Otros consejeros aducen no haber tenido tiempo de estudiar el
expediente, o ni conocerlo (Diego Quesada-Allué, Minoría de estudiantes -
SLM). Hay una moción para que vaya a la comisión de interpretación y
reglamento. Se aprueba.

26/05/04  El secretario general de la facultad inicia un sumario
administrativo para  “Establecer la existencia de irregularidades y en
ante tal circunstancia las responsabilidades correspondientes y sus
consecuencias” (fojas 2 del sumario)

Sumario: el sumario iniciado se prolongó durante dos semanas, en las
cuales se entrevistó a las siguientes personas:

* 28/05/04 Dr. Esteban Hasson (secretario académico).
* 28/05/04 Dr. Oscar Pacios (director del departamento de concursos
docentes).
* 28/05/04 Cristina Bernal (departamento de concursos).
* 28/05/04 Dr. Guillermo Duran (destinatario del sobre)
* 02/06/04 Gustavo Varela (departamento de concursos)
* 04/06/04 Dra. Cecile Du Mortier (en ese momento secretaria académica
adjunta)
* 08/06/04 Adrian Celeiro (departamento de concursos)


ALGUNAS PREGUNTAS SIN RESPUESTAS

En el sumario no se pone en cuestión un punto fundamental: el envío de la
presentación de Wainer a un amigo en lugar de  “la receptoría del
organismo competente” como señala el artículo 25 de la Ley de
Procedimientos Administrativos. Sólo si el sobre es enviado a la mesa de
entradas es válida la fecha del sello postal como fecha de presentación.

De todas maneras, sobre los puntos que sí indaga este sumario más que
aclarar, oscurece y quedan muchas preguntas sin respuesta:

¿Quién abrió el sobre?
Después de un año y medio de pedir por el sobre ... apareció! Pero quedan
unos cuantos interrogantes con respecto al mismo...
Una de las cosas más sorprendentes que se desprenden de la lectura del
sumario es que no hay indicios que indiquen que dentro del sobre haya
estado la inscripción del Dr. Wainer. ¿Por qué? Nadie puede asegurarlo. Es
más, no se sabe quién abrió el sobre. El Dr. Durán, quien fue el primero
que lo recibió, no “recuerda” si estaba abierto o cerrado, y esgrime que
“en ese momento existía un problema sobre el virus del ántrax y es posible
que el sobre haya sido abierto en Canadá” (fojas 19 del sumario). Lo que
está claro es que si lo hubieran abierto en Canadá, seguramente lo habrían
cerrado para enviarlo hasta Argentina. Es más, cuando abren un sobre en el
correo, luego lo colocan en uno mayor con la aclaración de por qué fue
abierto, y este sobre es debidamente cerrado (dado que la violación de
correspondencia es delito).

¿Se leía la fecha de la estampilla al momento de realizar la inscripción?
Todos los que declararon dicen haber visto por primera vez el sobre el 26
de marzo del 2002, el día que se realizó el acta complementaria de
inscripción del Dr. Wainer.
Sin embargo, no se ponen de acuerdo en si en ese momento se leía  o no la
fecha del sello postal.
Esto no es un detalle, porque como declara Gustavo Varela (oficina de
concursos) “si no se ve la fecha del sello del correo no podemos hacer el
acta mencionada” (refiriéndose al acta complementaria de inscripción).
Los únicos que atestiguan haber visto claramente la fecha de la estampilla
son Guillermo Durán y Gustavo Varela.
Sin embargo, en la declaración de Cristina Bernal, quién confeccionó el
acta complementaria, dice:

* (la fecha del sello postal) “no se leía claramente a la fecha que lo veo
por primera vez”.

* También declara que al momento de confeccionar el acta complementaria
“se consultó con la Secretaria Académica Adjunta Cecile Du Mortier si se
agregaba la documentación o no, porque había llegado a nombre de Durán y
no estaba clara la fecha”

Aunque Cecile Du Mortier no recuerda haber visto claramente la fecha del
sello, en ese momento dio permiso para que se inscribiera al Dr. Wainer.

¿Cuál era la fecha de la estampilla?
Una indicación más de que la fecha del sello postal no estaba muy clara es
que tampoco se ponen de acuerdo en cuál es la fecha de la estampilla.
Por un lado, en el acta complementaria figura como fecha de despacho de la
inscripción del Dr. Wainer el 12/12/01.
Por otro lado, en el sumario consta como prueba un mail que el Dr. Wainer
envía al secretario académico de la facultad el 5/12/01 diciendo que ya
había enviado su inscripción.

¿Quién agrega la fotocopia del sobre? ¿Quién arranca el matasellos del
sobre y lo pega sobre la fotocopia?
Nadie lo sabe.

¿Quién inscribió al Dr. Wainer?
El asesor letrado a fojas 70 dice “que no fue posible determinar el
funcionario de la oficina de concursos que realiza la incorporación de las
actuaciones del Dr. Gabriel Wainer”

¿Por qué el sobre aparece recién ahora, un año y medio más tarde de que se
haya hecho notar su falta?
Nadie lo sabe.

A pesar de todas estas incongruencias y preguntas sin responder, la
conclusión de la autoridades de la Facultad fue dictaminar que el caso
está cerrado y que corresponde declarar inscripto al Dr. Wainer. Mucho
peor: el decano intimó a los que denunciamos las irregularidades del
expediente a rectificar nuestros dichos. ¿Y si no retiramos las denuncias?
¿Se vienen más sumarios persecutorios?

Si un profesor cualquiera hubiera mandado su inscripción a un amigo sin
relaciones con las actuales autoridades de la Facultad, y este amigo
hubiera llevado los papeles al departamento de concursos tres meses
después de vencido el plazo, seguramente se habría aplicado el reglamento
y se habría rechazado la inscripción. No por nada Cristina Bernal, que
realiza las actas de todos los concursos de nuestra Facultad, tuvo que
pedir autorización porque consideraba que no correspondía inscribir al
postulante dado que el sobre no estaba dirigido a mesa de entradas, no
estaba clara la fecha y estaba llegando tres meses después de cerrada la
inscripción.

Surge la pregunta, entonces, de por qué en este caso se hacen excepciones.
Mucho nos tememos que sea un intento de inscribir anti-reglamentariamente
a un aspirante amigo de las autoridades en el concurso de renovación de
una profesora menos cercana.


¿QUÉ ESTÁ EN JUEGO EN LOS CONCURSOS DE PROFESORES?

En el consejo directivo (gobierno) de la facultad los profesores tienen
mayoría (8 de 16 consejeros). Sin embargo, son una minoría entre los
docentes: de más de 1600 docentes en la facultad sólo 280 son profesores.
Cae de maduro que quien controle estos cargos controla el poder en la
facultad.

Desde la Lista Unidad venimos planteando desde hace varios años que es
necesario comenzar a debatir la forma en que se vienen realizando los
concursos en la facultad. Para nosotros no basta con tener concursos
periódicamente. Los concursos deben desarrollarse con total transparencia
y con igualdad de condiciones para todos los aspirantes.

Sabemos que en los concursos se define la política científica y académica
de la Facultad. Hoy estos lineamientos no son debatidos abiertamente sino
a través de los nombres de los jurados de los concursos (que son
designados por el consejo directivo). Para nosotros no deben discutirse
nombres sino explícitamente qué características académicas y científicas
se priorizan para un determinado cargo.

Es razón de ser de la Facultad y de los cargos de profesor la enseñanza, y
por eso es sumamente importante que en los concursos se tenga en cuenta la
calidad docente. Para esto no alcanza con tener veedores estudiantiles,
aunque su papel es fundamental. Es imprescindible que en todos los
concursos se tengan en cuenta las encuestas docentes y que los estudiantes
no sólo tengamos voz sino también voto.

Entendemos que las características que se priorizan para un cargo no deben
surgir de la mezquindad de un grupo que ostenta coyunturalmente el poder
en la Facultad, sino en base a un proyecto de facultad que nos permita
recuperar el sistema científico-tecnológico nacional.


-- 
Lista Unidad
Conduccion del CECEN - Mayoria Estudiantil en el Consejo Directivo




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