[Todos] Necesita REGLAMENTACION URGENTE

Ley 25.613 isturiz at hematologia.anm.edu.ar
Thu Dec 4 09:03:39 ART 2003


Se Necesita URGENTE la Reglamentación de la Ley Nº 25.613: "Régimen de Importaciones para Insumos Destinados a Investigaciones Científico-Tecnológicas". Autor: Diputada Irma Parentella. 

INFORME del GRUPO de GESTION (en representación de más de 1800 adhesiones Personales y 61 Institucionales del sector CyT). 
Como informamos anteriormente, existen problemas, principalmente en la CNEA (Comisión Nacional de Energía Atómica), debido a que la eximición de impuestos establecida en la Ley Nº 25.613 no puede aplicarse, por el momento, sobre el costo de las reparaciones de equipos que deben realizarse fuera del país. Este tema está causando serios perjuicios en instituciones como la CNEA, como plantea un investigador de esa Institución, quien manifiesta que tienen equipos parados muy sofisticados que no pueden mandar a reparar por falta de fondos.  

Ante reiterados pedidos de investigadores, consultamos nuevamente a los Dres Juan D Ramírez y Natalia Rodríguez del ROECyT para ver que se podía hacer en este caso particular.

La información fue la siguiente: Como la Reglamentación de la Ley aún no se ha aprobado (en la cual sí se contempla una solución al tema), las importaciones eximidas de impuestos que se están haciendo están de acuerdo con el texto de la citada ley. Sin embargo, la Ley no menciona específicamente el caso de los costos de las reparaciones de equipos. Por ello el ROECyT no puede hacer nada al respecto. El problema es legal y no pasa por la buena voluntad del ROECyT.

En síntesis, es necesario que se sancione la Reglamentación de la Ley 25.613 para que la CNEA, y otras Instituciones, no paguen impuestos sobre los costos de las reparaciones de equipos.

SOLUCIONES
Como Grupo de Gestión nuestra capacidad de maniobras es muy limitada, ya que el Grupo está constituido por personas que están fuera del ámbito de la toma de decisiones.. 
Como manifestamos en tres llamados anteriores, pensamos que las máximas autoridades de la CNEA junto a las máximas autoridades de otras Instituciones del sector de CyT deberían solicitar una entrevista al Jefe de Gabinete, al Presidente Kirchner, o a quien les parezca, con el objeto de plantear esta situación, seguramente desconocida por los encargados de la reglamentación, y solicitar acelerar los trámites de la reglamentación de la Ley. Su demora causa muchos perjuicios.

INFORMACION NECESARIA PARA LOS FUNCIONARIOS QUE SE INVOLUCREN EN EL PROBLEMA: 
El Proyecto de Decreto  que reglamenta a la Ley 25.613 puede ser identificado con los siguientes números:
Provisorio Presidencia  Nº 2816/02
Cancillería PROMRECCOFDEX 15/2003
Expte. SECTIP Nº 220/02.
Actualmente (2-12-03), ese expediente está en Cancillería.

Cordialmente, 
GRUPO DE GESTION . 
Barbich, Mariana - Barontini, Marta -  Boveris, Alberto -  Dulout, Fernando N -  Etchenique, Roberto - Fernández, Belisario - Garrahan, Patricio - Golombek, Diego - Herkovits, Jorge - Ielpi, Luis - Isturiz, Martín -  Juvenal,  Guillermo - Lustig, Livia - Pasquini, Juana M -  Puricelli, Lydia. 


GRUPO DE ASESORES

Lovato, Remigio Juan - Malvestitti, Carlos - Menéndez, César -  Okorn, Daniel - Parafioriti, Daniel H - Parodi, Lidia -Reartes, María del Carmen -  Sacchetti, Hugo Bruno - Saccomandi, Alejandra  - Ugrin,  Pedro Ernesto


Este texto se difunde a: Presidencia de la Nación, Secretaría Legal y Técnica de la Presidencia de la Nación, Ministerio de Educación, Secretaría de Ciencia y Tecnología, Diputados, Senadores, Academias Nacionales, y a Instituciones del Sector Científico-Tecnológico (INTA, INTI, CONAE, CNEA, CONICET, SEGEMAR, INIDEP, ANLIS-Malbrán, Universidades Nacionales, otros). Por favor, colabore en su difusión.
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