[Lcefiec] [FCEyN] Resolucion (CD) N 1532/17. Periodicidad de las materias obligatorias.

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Lun Jul 10 12:08:28 ART 2017


Se transcribe a continuación el texto de la Res. (CD) Nº 1532/17 aprobada
por el Consejo Directivo en su sesión del día 3/7/17.

Cordialmente

-- 
Secretaría General
Facultad de Ciencias Exactas y Naturales
Universidad de Buenos Aires

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 3 de julio 2017

VISTO las materias obligatorias estipuladas para los planes de estudios
vigentes para todas las carreras de la FCEyN – UBA;

Las distintas Resoluciones (CD) que contemplan derechos estudiantiles N°
1801/05, N° 1770/05, N° 0417/04, N° 0383/04, N° 2138/03, N° 1737/03, N°
1090/02, N° 0894/02, N° 1646/00, N° 1343/00, N° 0956/00, Nº 1234/2011 , N°
0466/00 y Nº 1482/98, y,

CONSIDERANDO

Que actualmente no existe una reglamentación sobre la periodicidad en la
que deben ser dictadas las materias obligatorias de esta Facultad;

Que algunas materias obligatorias se dictan únicamente un cuatrimestre por
año y que durante el primer cuatrimestre del 2017 la materia “Temas de
Física” obligatoria para la carrera de Licenciatura en Ciencias
Matemáticas orientación Aplicada corrió riesgo de no ser dictada lo que
hubiese implicado 2 cuatrimestres seguidos (1 año)  sin darse;

Que retrasarse en una materia por no poder cursarla produce un
alargamiento de la carrera en varios casos por el impedimento a cursar
materias más avanzadas que tienen como correlativa a la materia en
cuestión;

Que no todas las carreras cuentan con un “Plan sugerido” que asegura el
avance en la carrera y garantiza el dictado de las materias en el orden
que establece;

Que, además, son menos las carreras en donde dicho plan aplica para los
estudiantes que ingresan en el 2do cuatrimestre;

Que es fundamental poder mejorar las condiciones de cursada para que cada
vez sean más los estudiantes que puedan avanzar en su carrera y de esa
manera enfrentar la deserción estudiantil;

Lo actuado en la Comisión de Interpretación y Reglamento,

Lo actuado por este cuerpo en sesión del día de la fecha,

En uso de las atribuciones que le confiere el Artículo 113 del Estatuto
Universitario,

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS Y NATURALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Establecer que las materias obligatorias de los planes de
estudio vigentes de las carreras de la FCEyN deben ser dictadas al menos
una vez cada dos cuatrimestres, exceptuando cursos de verano.

ARTÍCULO 2°.- Encomendar a la Secretaría Académica a que arbitre los
medios necesarios para que esta normativa sea cumplida plenamente desde el
1er cuatrimestre del 2018.

ARTÍCULO 3º.- Regístrese, comuníquese, dése amplia difusión, publíquese en
la página de la Facultad y, cumplido, archívese.

RESOLUCIÓN CD Nº 1532/17

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