[Lcefiec] CD 26/9 Proyecto Interinos

rober rober at qi.fcen.uba.ar
Mon Sep 26 17:34:22 ART 2011


Mi mail fue muy claro.
En primer lugar no es cierto que se discutio durante 15 dias. la propuesta 
que quedo es la que propuse yo y cambia un punto sustancial respecto de lo 
actual y de la propuesta de uds.  haciendo valer el orden de meritos y no 
dejando los cargos a la incertidumbre de quien vuelve primero.
Actualmente eso no sucede (casi) porque todos los anyos los interinos tienen 
que concursar. Con la modificacion a medias que ustedes proponian iban a 
generar un mar de injusticias 

en resumen, para que una norma sea util hay que pensar mucho, no presentar 
algo en 1 semana despues de 2 anyos sin hacer nada y pretender que los demas 
lo aprueben en el tiempo que se te de la gana, siendo que no hay ninguna 
urgencia (o tal vez ustedes tienen alguna).

Este proyecto tuvo 30 minutos de discusion en comision, discusion de la cual 
participamos 6 personas. Esta muy lejos de loS 15 dias que vos decis, y 
muchos pueden querer agregar o modificar Mas cosas. 

Rober
rmenendez at qi.fcen.uba.ar writes: 

> Hola, 
> 
> Como soy parte de los que ha elaborado este proyecto y estuve en la
> discusión durante las dos últimas reuniones de la comisión de
> Interpretación y Reglamento voy a corregir algunas cuestiones de tu mail
> que son un poco imprecisas, y por tanto resultan tendenciosas. 
> 
> La modificación sustancial al orden actual propuesta ya está incluída en
> el proyecto original: la misma es que deje de suceder, como es hoy en día,
> que cada vez que hay un orden de méritos nuevo para una determinada
> categoría, dedicación y área (en algunos departamentos esto sucede todos
> los años) caen instantáneamente todos los interinos de la misma.
> Esa es la modificación planteada, que está en discusión hace varias
> semanas en comisión de CD (vos estuviste en la última reunión de comisión
> de IyR pero ya se había tratado 15 días antes) y desde el primer
> cuatrimestre en el marco de la Comisión de Derechos Laborales de la
> AGD-FCEN. 
> 
> Ante tu consulta en la comisión acerca de qué pasaría si vuelve el titular
> del cargo regular? cae el interino que esta designado en ese subcargo? La
> respuesta fue inmediata: igual que como sucede hoy en día, cae el último
> de los interinos designado (el que está más abajo en el orden de méritos).
> Como te dije en ese momento, esto es lo que se hace de hecho, no está
> escrito en ningún lado pero se hace así y no es nuestra intención
> modificarlo. Como nos parece correcto que la prioridad para mantener el
> cargo interino este dada por el órden de méritos (y no por el subcargo X
> en el que el docente fue designado) estuvimos totalmente de acuerdo en
> modificar el proyecto para que este punto quede especificado. En realidad
> este agregado es un aporte al reglamento actual, al margen de la
> modificación planteada por este proyecto, ya que repito hoy no está
> definido en ningún lado cual es la prioridad al momento de retornar el
> titular. Esta modificación la escribimos entre dos consejeros de minoría
> de graduados (Almejún y quien escribe) y dos de ADU (Etchenique y
> Ceballos) y nos parece un aporte positivo al proyecto, y por sobre todo al
> reglamento. Esa fue la intención de debatirlo en comisión, de darle tiempo
> a que cada lista lo discutiera, poder sumarle mejoras con la premisa de
> modificar el estado actual de excesiva inestabilidad de los docentes
> interinos. 
> 
> Lamento que se busque bastardear un proyecto que resulta muy positivo para
> muchos docentes y para la mejor planificación en los departamentos. Espero
> que hoy reciba el apoyo necesario, acorde a que el mismo es justo, y fuera
> de cualquier especulación electoralista... 
> 
> Saludos, 
> 
> ---
> Lic. Renata J. Menéndez Helman
> INQUIMAE y Depto de Química Inorgánica, Analítica y Química Física
> Ciudad Universitaria Pabellón II 3er Piso
> Ciudad Autónoma de Buenos Aires
> C1428EHA, Buenos Aires, Argentina. 
> 
> Date: Thu, 22 Sep 2011 10:55:34 -0300
> From: rober at qi.fcen.uba.ar
> To: todos at qi.fcen.uba.ar
> CC: todos at qo.fcen.uba.ar; cable at de.fcen.uba.ar;
> todos at biolo.bg.fcen.uba.ar; todos at at.fcen.uba.ar; todos_iib at iib.uba.ar;
> todos at ege.fcen.uba.ar; lcefiec at de.fcen.uba.ar; allusers at iafe.uba.ar;
> todos at quimor.qo.fcen.uba.ar; docentes at iib.uba.ar; todos at bl.fcen.uba.ar;
> todos at df.uba.ar; cefiec at gruposyahoo.com.ar; todos at di.fcen.uba.ar;
> doctorandos at dc.uba.ar; todos-dm at dm.uba.ar; todos at ic.fcen.uba.ar;
> alumnos at dc.uba.ar
> Subject: [Todos QI] Re: CD 26/9 Proyecto Interinos 
> 
> Nuevamente asistimos a la tergiversacion y la mentira. 
> 
> El profesor de ADU al que Conciencia Critica (PCR) menciona,  y que dió
> firma al proyecto sobre docentes auxiliares interinos soy yo:  Roberto
> Etchenique. 
> 
> Pero no firmé el proyecto que había presentado el PCR,  que decía: 
> 
> "El período de designación podrá ser de hasta un (1) año para los
> Ayudantes de
> Segunda y de hasta tres (3) años para los Jefes de Trabajos Prácticos y
> Ayudantes de Primera y caducará automáticamente cuando se reincorpore
> el titular del cargo." 
> 
> Esta propuesta de caducidad de interinos, que actualmente no trae
> demasiadas complicaciones porque ANTES de que los regulares se
> reincorporen suele haber un concurso regular (generalmente 1 año o algo
> mas), iba a ser desastrosa al extenderse a 3 años, generando injusticias
> flagrantes cuando unos regulares volvieran a su cargo antes que otros.
> Por eso, manteniendo los considerandos, que eran razonables, redacté un
> artículo resolutivo muy diferente, que el PCR sólo analiza por la mitad en
> el cuerpo de su mail , y que en su forma completa dice asi (ver proyecto
> al final del mail del PCR): 
> 
> 
> El período de designación podrá ser de hasta un (1) año para los Ayudantes
> de Segunda y de hasta tres (3) años
> para los Jefes de Trabajos Prácticos y Ayudantes de Primera y caducará
> automáticamente cuando se cumpla el período de designación del cargo
> interino o cuando se sustancie el concurso regular de los subcargos
> correspondientes. En el caso del reintegro de alguno de los docentes en
> uso de licencia la nómina de interinos deberá respetar el orden de méritos
> del concurso regular que dio lugar a dicha designación." 
> 
> 
> Esta propuesta de modificación del artículo, NO FUE PRESENTADA HACE 15
> DIAS como si lo fue el mamarracho electoralista del PCR, sino que lo
> redacté el mismo día de la comisión (lunes pasado), de modo que ninguna
> lista pudo haberla discutido. Lo mas importante de la misma es que en ella
> se respeta el órden de méritos del concurso original.
> a la vez que se elimina el párrafo que hace caducar al interino cuando se
> reincorpora el titular del cargo. 
> 
> Espero que las diferentes listas puedan discutirlo (la nuestra ya lo está
> haciendo), y éste o un proyecto mejorado sea aprobado a la brevedad una
> vez que todas las listas hayan analizado cuales serían las consecuencias
> de esta modificacion. Llama la atención en particular el apuro del PCR en
> que se apruebe esta resolución casi sin discusión, cuando estuvieron 2
> años sin presentar nada por el estilo. ¿ por qué será ? 
> 
> Rober 
> 
>  
> 
>  
> 
> On 9/22/2011 9:04 AM, conCienciaCrítica, Docentes/Graduados-FCEN wrote: 
> 
>     En la reunión de la Comisión de Interpretación y Reglamento del día
> lunes 19 de septiembre se trataron varios proyectos, entre ellos los
> presentados hace 15 días respecto al régimen de docentes interinos y
> la indemnización para docentes auxiliares. Dichos proyectos fueron
> elaborados en base a trabajo realizado por la Comisión de Derechos
> Laborales y Académicos de la AGD-FCEyN. 
> 
>     - Régimen de docentes interinos: 
> 
>     Hoy en día, el período de designación de los docentes interinos culmina
>     “(...) automáticamente al entrar en vigencia un Orden de Méritos de un
>     Concurso Regular sustanciado con posterioridad a la fecha de designación
>     interina y de la misma categoría, dedicación y área o grupo de materias
>     para las que fuera designado o cuando se reincorpore el titular del
> cargo” (Res. CD 660/97). Si se tiene en cuenta además que en algunos
>     Departamentos hay llamados a concurso para cargos equivalentes en años
>     consecutivos, los docentes interinos se ven obligados a concursar todos
>     los años, viéndose perjudicados los propios docentes por estar bajo un
>     régimen de inestabilidad absoluta y la docencia por no garantizarse la
>     continuidad mínima que permita una planificación docente acorde a el
> nivel académico adecuado para el dictado de las materias. 
> 
>     El proyecto de resolución presentado [1] modifica esta situación y
>     establece que las designaciones de los docentes interinos caduca “(...)
>     automáticamente cuando se cumpla el período de designación del cargo
>     interino o cuando se sustancie el concurso regular de los subcargos
>     correspondientes
”. Esto significa que la designación del docente
> interino puede durar, si no se reintegra alguno de los docentes
> regulares en uso de su licencia, lo mismo que duraría la designación
> de regular, ya que depende de que se vuelva a concursar los subcargos
> correspondientes no
>     de que entre en vigencia un nuevo orden de méritos. 
> 
>     Luego de la discusión en la Comisión de Interpretación y Reglamento el
>     proyecto tuvo despacho para su tratamiento en la próxima sesión del
>     Consejo Directivo del lunes 26. Para eso, contó con las firmas de la
>     minoría de graduados (JxC: conCienciaCrítica + Independientes) minoría
> de estudiantes (Lista Unidad) y un profesor (ADU). Sin embargo, esto
> no
>     garantiza su aprobación en el próximo Consejo Directivo, ya que no
> sabemos si realmente el conjunto de los consejeros de ADU está de
> acuerdo y además los representantes por mayoría de graduados
> (Sumatoria) no le dieron firma al proyecto, afirmando durante el
> transcurso de la comisión que en su
>     agrupación no había acuerdo.
>     Lamentamos que Sumatoria no haya realizado un análisis profundo del
>     proyecto y la problemática que aborda. Hoy en día hay Departamentos
>     Docentes con aproximadamente la mitad de la planta de auxiliares
> interina y algunos de éstos se ven obligados a concursar año tras año
> en lugar de cada 3 años como estipula el reglamento para el caso de
> Ayudante de
>     Primera y JTP regulares. Esperamos que los consejeros de Sumatoria
>     reflexionen y terminen apoyando este proyecto para que sea aprobado en
> la próxima sesión del Consejo Directivo. 
> 
>     Por último, queremos invitamos a todos los docentes interesados a
>     acercarse al Consejo Directivo el próximo lunes 26 a las 17 hs, para
>     sumarle apoyo y darle fuerza a estos proyectos. Porque estamos
> convencidos de que con el protagonismo de los docentes es posible
> conquistar los derechos laborales postergados. 
> 
>  
> 
>     conCienciaCrítica
>     Graduados/Docentes/Becarios
>     --------------------------
>     en Juntos x el Cambio  - Minoría de Graduados
>     en la lista 1 - Conducción de AGD-FCEyN
>     --------------------------
>     -------------------------- 
> 
>     [1]
>     VISTO
>     El Reglamento de Concursos par la Provisión de Docentes Auxiliares
> vigente actualmente en la FCEyN (Res. CD Nº 28/09 y sus
> modificatorias) 
> 
>     El art. 4º de la Res. CD 660/97, que establece para el nombramiento de
>     docentes interinos:
>     “Todos los pedidos de designaciones de Docentes Auxiliares con carácter
>     interino deberán provenir del Orden de Méritos vigente de un Concurso
>     Regular (Art. 31 Res. CD 715/86 y modificatorias) o, en el caso de
> carecer del anterior o haberse agotado la nómina supernumeraria de
> aquel o que el Consejo Directivo haya aprobado la excepcionalidad
> establecida en el Art. 3º de la presente, del Orden de Méritos de una
> Selección Interina (res. CD 141/86) convocada a tal efecto. Los
> Departamentos Docentes acompañaran las notas de pedido de designación
> con el Orden de Méritos correspondiente. El período de designación
> podrá ser de hasta un (1) año para Ayudantes de
>     Segunda y de hasta tres (3) para Jefes de Trabajos Prácticos y Ayudantes
>     de Primera y caducará automáticamente al entrar en vigencia un Orden de
>     Méritos de un Concurso Regular sustanciado con posterioridad a la
> fecha de designación interina y de la misma categoría, dedicación y
> área o grupo de materias para las que fuera designado o cuando se
> reincorpore el titular
>     del cargo” 
> 
>     CONSIDERANDO
>     Que algunos Departamentos tienen llamados anuales o bianuales a concurso
>     para proveer cargos de Ayudantes de Primera y Jefes de Trabajos Prácticos
>     Que a raíz de las licencias y renuncias se hace necesario nombrar
> docentes interinos con gran frecuencia
>     Que es necesario realizar estos nombramientos de manera que se garantice
>     la mínima continuidad necesaria para la planificación docente y el nivel
>     académico adecuado en el dictado de las materias
>     Que es necesario que los trámites de nombramiento tiendan a
> simplificarse administrativamente
>     Que una renovación anual de gran parte del plantel docente atenta contra
>     la calidad de la educación que esta casa debe brindar
>     Que una consecuencia de lo antes mencionado es que una parte de la
> planta docente concursa todos los años 
> 
>     EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS Y NATURALES
> RESUELVE: 
> 
>     ARTICULO 1º: Modificar el art. 4º de la Res. CD 660/97 de la siguiente
>     forma: “Todos los pedidos de designaciones de Docentes Auxiliares con
>     carácter interino deberán provenir del Orden de Méritos vigente de un
>     Concurso Regular (Art. 31 Res. CD 715/86 y modificatorias) o, en el caso
>     de carecer del anterior o haberse agotado la nómina supernumeraria de
>     aquél o que el Consejo Directivo haya aprobado la excepcionalidad
>     establecida en el Art. 3º de la presente, del Orden de Méritos de una
>     Selección Interina (res. CD 141/86) convocada a tal efecto. Los
>     Departamentos Docentes acompañaran las notas de pedido de designación
> con el Orden de Méritos correspondiente. El período de designación
> podrá ser
>     de hasta un (1) año para Ayudantes de Segunda y de hasta tres (3) para
>     Jefes de Trabajos Prácticos y Ayudantes de Primera y caducará
>     automáticamente cuando se cumpla el período de designación del cargo
>     interino o cuando se sustancie el concurso regular de los subcargos
>     correspondientes. En caso de reintegro de alguno de los docentes en
> uso de licencia la nómina de interinos deberá respetar el orden de
> méritos del
>     concurso que dio lugar a dicha designación”. 
> 
>     ARTICULO 2º: Elevar al Consejo Superior para su conocimiento. 
> 
>     ARTICULO 3º: Comuníquese a la Secretaria Académica, a todos los
>     Departamentos Docentes y agréguese copia al expediente Ref. Exp. Nº
>     450.817 V.12, cumplido, archívese. 
> 
>  
> 
>  
> 
 


Roberto Etchenique
Profesor Titular DP
DQIAyQF - FCEN - UBA


More information about the Lcefiec mailing list