[Lcefiec] CD lunes 27/6 Rechacemos los fondos del YMAD!

conCienciaCrítica, Docentes/Graduados-FCEN concienciacritica at de.fcen.uba.ar
Fri Jun 24 18:08:33 ART 2011


Este Lunes 27/6 se tratará en el Consejo Directivo un proyecto para que la
FCEyN rechace los fondos provenientes de la megaminería. Invitamos a todos
los docentes, estudiantes y graduados a hacerse presentes en la sesión a
partir de las 17 hs. para apoyar esta iniciativa.

Un poco de historia...

En el año 2008 el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) aprobó la
distribución entre las universidades públicas de fondos provenientes del
emprendimiento minero Bajo La Alumbrera, de Yacimientos Mineros Aguas del
Dionisio (YMAD).

En el año 2009 un grupo de graduados, docentes y estudiantes elaboramos un
proyecto de resolución para que la Facultad y la UBA rechacen el
financiamiento procedente de YMAD. Ese proyecto, escrito sobre la base de
los documentos del SERPAJ (Servicio de Paz y Justicia que preside Perez
Esquivel), fue presentado en el Consejo Directivo y rechazado por la
mayoría de profesores (ADU) y graduados (Sumatoria). Para tener una base
sobre la cual “fundamentar” su rechazo, ADU y Sumatoria, presentaron en el
2009 un proyecto contrapuesto para que se destinen los fondos a la
realización de un estudio del impacto que se produce a partir de la
explotación del yacimiento.

Desde conCienciaCrítica argumentamos en su momento que entendemos que la
universidad debe estar comprometida con los problemas que aquejan al país
y su pueblo y en este sentido es necesario que se involucre con la
problemática asociada a la mega minería, pero que de ninguna forma, esto
debe subordinarse a la aceptación de estos fondos, sino todo lo contrario.
Estamos convencidos que las investigaciones de impacto ambiental deben ser
totalmente independientes en lo que respecta a financiamiento de la propia
minera que es objeto de estudio. La universidad pública, tienen el deber
de mantener una mirada crítica sobre toda actividad productiva y sus
impactos sobre la población y el medio ambiente. Mantener esta distancia
crítica implica que la universidad goce de una total independencia para
desarrollar sus investigaciones.

Dos años más tarde de la aceptación de esos fondos, una comisión propuesta
por el Consejo Superior elaboró un informe que no hace un análisis
integral del impacto ambiental, económico y social que genera Bajo La
Alumbrera. Tampoco menciona el impacto en la salud de las poblaciones
aledañas, limitándose a decir que el impacto es “paisajístico”. Realizar
un estudio serio que aborde los múltiples factores de impacto de la
actividad minera depende de la voluntad política de la UBA y el gobierno
nacional. Lamentablemente parece haber demasiados intereses que impiden
que este tipo de estudios sean llevados a cabo.

En el último Consejo Directivo (Lunes 6/6) se encontraba nuevamente para
su tratamiento en el orden del día un proyecto para rechazar los fondos
provenientes del YMAD, similar al presentado en el 2009 [1]. El mismo
lunes Sumatoria presentó, durante el transcurso de la sesión, un proyecto
para que el Consejo Superior destine fondos a las unidades académicas para
llevar adelante un estudio de la actividad minera en la Argentina que
aporte al desarrollo de una nueva ley minera. Desde conCienciaCrítica
estamos esencialmente de acuerdo con los artículos resolutivos del
proyecto presentado por Sumatoria [2]. De hecho, ambos proyectos podrían
haber sido tratados ya que abordan la problemática de la actividad minera
tomando distintos aspectos: uno plantea el rechazo a los fondos
provenientes de la megaminería (en particular del emprendimiento minero
Bajo La Alumbrera) y el otro solicita una evaluación del impacto minero en
la argentina que aporte al desarrollo de una nueva ley minera. Sin
embargo, utilizando el mismo modus operandi que en el 2009, Sumatoria
pidió el pase a comisión de ambos proyectos bajo el argumento de que “son
contrapuestos”. El lunes 13/6 ambos proyectos se trataron en Comisión, el
oficialismo dio despacho a su proyecto con las firmas de mayoría de
graduados y profesores (Sumatoria y ADU), los graduados por minoría y
estudiantes por la mayoría y minoría (conCienciaCrítica, LaMella y Lista
Unidad) dimos despacho al proyecto para rechazar los fondos de YMAD.
Incluso varios presentes planteamos que podía hacerse un plebiscito en la
facultad respecto a esta cuestión, pero Sumatoria se mostró más bien
reacia a repetir jornadas de intenso debate y decisión de la mayoría, se
negaron rotundamente a la posibilidad de un nuevo plebiscito.

Debido a que el oficialismo insiste en mantenerlos como contrapuestos es
que en la próxima sesión de CD se votaría primero el proyecto oficialista
y si este resulta aprobado el otro, por su carácter de “contrapuesto”,
directamente no se trata.

Plantear, al igual que en 2009, un proyecto relacionado con la temática
minera en la misma sesión en que iba a votarse el proyecto para rechazar
los fondos de YMAD, es de fondo una maniobra para maquillar la aceptación
de los fondos de la mega minería que las autoridades de esta facultad
vienen avalando hace 3 años.

Desde conCienciaCrítica rechazamos que las universidades nacionales
acepten fondos provenientes de una actividad como la mega-minería que
implica el saqueo de nuestros recursos naturales y la contaminación del
medio ambiente, y que genera cada día más violaciones a los derechos
humanos en las poblaciones aledañas, tal como ha sido denunciado por el
Premio Nobel de la Paz, Pérez Esquivel.


conCienciaCrítica,
Docentes, Graduados y Becarios de la FCEN-UBA

en la Conducción de AGD-FCEN
en la Minoría de Graduados del CD-FCEN
http://concienciacritica-cnpl.blogspot.com


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[1] Proyecto de Resolución

VISTO

La denuncia realizada por el Premio Nobel de la Paz, Adolfo Perez
Esquivel, en relación a la distribución, entre las universidades públicas,
de fondos provenientes del emprendimiento minero Bajo La Alumbrera, de
Yacimientos Mineros de Agua de Dionisio (YMAD), ubicado en la provincia de
Catamarca.

La ley 14.771, según la cual las utilidades líquidas de YMAD le
corresponden a la provincia de Catamarca un 60%, a la Universidad de
Tucumán un 20% y el 20% restante se dirige al CIN y las demás
universidades nacionales.

El Acuerdo Plenario 672/08 del Consejo InterUniversitario Nacional (CIN)
del 27 de Mayo de 2008, que lleva por título “YACIMIENTOS MINEROS DE AGUA
DE DIONISIO. DISTRIBUCIÓN DE LAS UTILIDADES LÍQUIDAS.” y por medio del
cual se aprueba la distribución entre las Universidades Nacionales de $50
millones provenientes de las utilidades de YMAD.

El Acuerdo Plenario 699/09 del CIN del 18 de Mayo de 2009, que lleva por
título “YACIMIENTOS MINEROS DE AGUA DE DIONISIO. DISTRIBUCIÓN DE LAS
UTILIDADES LÍQUIDAS” y por medio del cual se aprueba la distribución entre
las Universidades Nacionales de $36,8 millones provenientes de las
utilidades de YMAD.

Los documentos que organizaciones no gubernamentales, como el SERPAJ
(Servicio de Paz y Justicia) a cargo del Premio Nóbel de la Paz Adolfo
Pérez Esquivel y distintos investigadores independientes han publicado y
presentado respaldando las denuncias sobre sucesivas violaciones a los
derechos humanos y al medio ambiente efectuadas por distintas empresas
mineras, pero por sobre todo por la Minera Alumbrera Ltd.

CONSIDERANDO

Que las necesidades financieras de las universidades nacionales,
insatisfechas con las partidas presupuestarias asignadas por el Congreso
de la Nación, no deben cubrirse con fondos de origen privado.

Que menos aún puede el financiamiento provenir de una actividad que
implica el saqueo de nuestros recursos naturales y contaminación, que
genera cada día más violaciones a los derechos humanos de las poblaciones
aledañas estos mega-emprendimientos.

Que la llegada de estos monopolios extranjeros y el comienzo de la gran
minería en Argentina se hizo posible a partir de 1993, cuando fue
sancionada la Ley 24.196 de Inversiones Mineras, que desreguló todo el
sector minero y estableció una serie de beneficios para estas empresas,
sin exigirles nada en contraparte. Esta ley fue modificada por las leyes
24.296, 25.161 y 25.429, que acentuaron el tratamiento preferencial a las
mismas. Los gobiernos de De la Rúa, Duhalde y Kirchner siguieron el camino
trazado por Menem en los años 1990.

Que esta actividad constituye un saqueo del patrimonio nacional.
Principalmente, la ley 24.196 de Inversiones Mineras establece una serie
de incentivos fiscales a la exploración y explotación minera; las empresas
pueden deducir el 100% de sus gastos de exploración del cálculo del
impuesto a las ganancias; se les devuelve el IVA a la exploración, así
como el IVA en importación o compra de bienes e inversiones de
infraestructura; no pagan derechos de importación; no pagan el impuesto al
cheque; pueden deducir el 100% del Impuesto a los combustibles líquidos.
Además están autorizadas a no ingresar al país el 100% de las divisas
obtenidas por sus exportaciones (decretos 417/03 y 753/04) y no pagan
ninguna carga o impuesto para transferir capitales al exterior del país.
La Ley establece asimismo que estos beneficios no les podrán ser retirados
por un periodo de treinta años a partir de su instalación

Que en contraparte de todos esos beneficios, las empresas mineras tienen
que pagar regalías a las provincias, pero la ley 24.196 fija como tope el
3% del valor del mineral extraído en boca de mina, que en ciertos casos
ese monto termina siendo menor a todos los reintegros hechos a la empresas
mineras. Así el Estado Nacional y las provincias pagan a las empresas
mineras para que se lleven los recursos minerales afuera del país. Que
cuanto al cuidado del medioambiente, la ley de 1993 obliga a las empresas
mineras a realizar un aporte en tal sentido, pero no le fija ningún mínimo
para este gasto.

Que el yacimiento que hoy explota Minera Alumbrera Ltd. fue descubierto
por Abel Peirano, que lo registró a nombre de la Universidad de Tucumán en
1948. Luego la Provincia de Catamarca reivindicó su derecho a la propiedad
del yacimiento por lo que se conformó YMAD, una empresa interestatal de
derecho privado. Para explotar la mina, en 1994, YMAD conformó con la
empresa transnacional Minera Alumbrera Ltd. una unión transitoria de
empresas (UTE), por la cual recibe el 20% de las ganancias de esta
explotación. De este monto, según la ley 14.771, a la provincia de
Catamarca le corresponde un 60%, a la Universidad de Tucumán un 20% y el
20% restante se dirige al CIN y las demás universidades nacionales.

Que esta actividad minera provoca contaminación del aire, del agua y de
los suelos. Esta contaminación tiene graves consecuencias para la salud
del ambiente, de las personas y de los animales que habitan los lugares
cercanos al emprendimiento.

Que el recurso natural más afectado por la gran minería es el agua. Las
actividades mineras implican un consumo desproporcionado de este bien
público (Minera Alumbrera Ltd. utiliza100 millones de litros por día),
reduciendo las napas freáticas locales: cada yacimiento necesita millones
de litros de agua cada día, en zonas donde ya es un recurso escaso (la
sola mina Bajo La Alumbrera consume 100 millones de litros por día). Tal
extracción de agua pura y dulce del acuífero del Campo Arenal llevó a la
reducción de caudales en ríos que se alimentan de ese acuífero. Además
contaminan los estanques de agua, arroyos, ríos, lagos de la región,
principalmente por falta de tratamiento de las aguas usadas y por los
derrames tóxicos de minerales (en varias ocasiones se rompió el
mineraloducto de dicha empresa). Los canales donde se vierten los
afluentes de la planta de secado del yacimiento Bajo La Alumbrera, sirven
como fuente de agua para animales, riego de hortalizas y eventualmente
bebida de personas.

Que la contaminación de los suelos por depósito de partículas sedimentadas
producto de las lluvias, por el vertido directo de los productos líquidos
de la actividad minera, o por la infiltración de productos de lixiviación
del entorno minero, tiene un impacto fuertemente negativo sobre la
vegetación y sobre la productividad de esos suelos. Se infiltran y
contaminan la capa superficial del suelo y las napas de agua, se favorece
la erosión y por lo tanto la desertificación, acelerando ese proceso ya
problemático en zonas áridas, como es el caso de Catamarca.

Que la explotación minera irresponsable produce impactos sobre la salud
humana. Los daños son tan inmediatos y profundos que afectan a las
poblaciones actuales que toman agua “envenenada”, respiran aire
contaminado y además consumen carne y verduras contaminadas por los
productos químicos presentes en el agua y el suelo (como As, cianuro y
metales pesados).

Que al impedir el desarrollo de las actividades económicas tradicionales,
las empresas mineras como Minera Alumbrera Ltd. atentan también contra los
derechos culturales de las poblaciones locales. La práctica de la
ganadería o de otras actividades económicas es parte de la identidad de
esos pobladores. En particular, es el caso de los pueblos originarios,
cuya relación con el medio ambiente es un aspecto central de su cultura.
La destrucción del medio ambiente, de la fauna y de la flora, causada por
sus actividades es una amenaza directa a su identidad y a su cultura.

Que si bien los aportes de YMAD están previstos por ley, tanto el CIN como
las universidades beneficiadas con los fondos procedentes de YMAD (y sus
operadoras mineras) deberían haber analizado previamente la bibliografía,
las denuncias internacionales y la dramática situación social y ambiental
generada por estas tres mineras en distintos países de América Latina y el
mundo.

Que las Universidades Nacionales no deberían recibir dinero de empresas
cuyos directivos enfrentan causas penales por delito ambiental y que
ignoran además los derechos que tienen las futuras generaciones de
argentinos.

Que las Universidades Nacionales deberían rechazar estos aportes porque
condicionan la necesaria independencia de mismas cada vez que investigan y
producen dictámenes técnicos, y porque la empresa que gerencia la mina,
Alumbrera Copper, y las restantes poseedoras del paquete de acciones,
Goldcorp Inc. Y Yamana Gold, han sido acusadas en distintos países
(incluido la República Argentina) por incumplir normas vigentes, violar
derechos humanos, dañar el ambiente y comprometer la existencia y
funcionamiento de cuencas hídricas vitales para ambientes semiáridos.

Que las universidades, sobre todo la universidad pública, tienen el deber
de mantener una mirada crítica sobre toda actividad productiva y sus
impactos sobre la población. Mantener esta distancia crítica implica que
la universidad goce de una total independencia para desarrollar sus
investigaciones. El hecho de que la producción de saberes técnicos
dependa, entre otros, de fondos originados en una actividad tan
cuestionada como la que desarrolla Minera Alumbrera Ltd. le resta
confiabilidad.

Que las universidades, sobre todo la universidad pública, deben actuar en
defensa del bien público y estar al servicio de los ciudadanos, y eso
requiere una total independencia de los intereses privados.

El Consejo Directivo de la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales RESUELVE:

Artículo 1º: Rechazar los fondos procedentes de la distribución de
beneficios de YMAD (Yacimientos Mineros Aguas de Dionisio) acordados en el
Consejo Interuniversitario Nacional (Acuerdo Plenario N°) y proponer al
Consejo Superior de la Universidad de Buenos Aires que adopte la misma
posición.

Artículo 3º: Difundir por el sistema de inscripciones y el resto del
Sistema Universitario Nacional.

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[2] Proyecto presentado por Sumatoria:

Visto
Los documentos elaborados por la comisión nombrada por el Consejo Superior
(Resolución CS 1990/10), entregados oficialmente al Sr. Rector en la
sesión del Consejo Superior del 15/12/2010,

Considerando
Que los procesos que involucra la actividad minera para su actividad
extractiva son numerosos y complejos y pueden presentar un riesgo
ambiental que actualmente no se encuentra debidamente analizado y
legislado,

Que las escasas regalías provenientes de explotaciones mineras son
cobradas por las provincias y que sólo un aún más pequeño porcentaje llega
a las poblaciones donde se radica el emprendimiento minero, el que es
absolutamente insuficiente para atender las necesidades básicas de las
comunidades,

Que la mayor parte de los impuestos a las explotaciones mineras son
nacionales y no llegan como beneficios directos a las comunidades donde se
asientan los emprendimientos mineros, lo que hace necesario replantear la
forma y los montos de su distribución,

Que por tanto es necesario e imprescindible mejorar la legislación actual
para que el país reciba un justo beneficio de la explotación de sus
recursos naturales no renovables.

Que es un deber de la Universidad de Buenos Aires colaborar con la
sociedad aportando su conocimiento y sus recursos humanos para velar por
el cumplimiento riguroso de las normas ambientales e identificar
potenciales impactos sobre el medio ambiente que puedan afectar la calidad
de vida de los habitantes de la región y el delicado equilibrio de los
ecosistemas en estas regiones,

Que como lo establece su Estatuto y de acuerdo a su función social, la
Universidad de Buenos Aires debe involucrarse a través de la investigación
y la extensión, en las problemáticas nacionales a fin de representar una
institución autónoma e independiente de intereses económicos y
corporativos,

Que la generación de conocimiento es fundamental para diseñar políticas
públicas para que la actividad minera aporte, promueva y contribuya al
bienestar de las comunidades regionales, concibiéndola como un concepto
integrador amplio que respeta las formas de vida, las oportunidades de
capacitación y trabajo y el desarrollo local, prestando especial atención
a la protección del ambiente y la salud de las personas, en el contexto
del desarrollo productivo nacional,

Que los documentos elaborados por la comisión nombrada por el Consejo
Superior (Resolución CS 1990/10), entregados oficialmente al señor Rector
en la sesión del Consejo Superior del 15/12/2010, resultan insuficientes
para abordar la problemática con la profundidad que se requiere,
considerando las capacidades que ofrece en materia de recursos humanos,
técnicos y científicos nuestra Universidad,

Que la complejidad de la problemática obliga a que la Universidad de
Buenos Aires en su conjunto se comprometa institucionalmente en el estudio
de todas las variables ambientales, sociales, legales y económicas que
considere apropiadas,

Que la universidad pública debe actuar en defensa del bien público y estar
al servicio de los ciudadanos, con total independencia de cualquier
interés particular,

Lo actuado por las comisiones de Investigación y Extensión,

En uso de las atribuciones que le confiere el artículo 113 del Estatuto
Universitario,

El Consejo Directivo de la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales,
Resuleve:

Artículo 1º: Solicitar al Consejo Superior y, por su intermedio, a los
estamentos de la Universidades que correspondan, se elabore una propuesta
que encomiende a las diferentes Unidades Académicas, en función de sus
competencias específicas, el estudio exhaustivo de la problemática
relacionada con la actividad minera en la Argentina; estableciendo un
monto de al menos $200.000 para financiar la propuesta de cada Unidad
Académica.

Artículo 2º: Solicitar al Consejo Superior en cumplimiento de las
recomendaciones oportunamente elevadas al Sr. Rector, y por su intermedio
a los estamentos de la Universidad que correspondan, se elabore un nuevo
proyecto de ley minera que contemple los intereses del país, ponga en
resguardo al medio ambiente y que cumpla con las aspiraciones de las
comunidades regionales que permitan mantener su calidad de vida, preservar
sus pautas culturales y tener un desarrollo sustentable.

Artículo 3º: Comunicar al Consejo Superior de la Universidad de Buenos
Aires, para su evaluación y reglamentación de la propuesta a las
Secretarías de Investigación y Extensión Universitaria para que
desarrollen e implementen la metodología de aplicación.

Artículo 4º; Difundir las presentes actuaciones por donde corresponda y
darlas a conocer al resto del Sistema Universitario Nacional.







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