[Apuba_fcen] SUBSIDIO POR EDUCACIÓN ESPECIAL - DOSUBA

Comision Interna -FCEyN-APUBA
Tue, 21 Aug 2007 08:38:36 -0300 (ART)


A toda la Comunidad
de la FCEyN

SUBSIDIO POR EDUCACIÓN ESPECIAL

El presente subsidio debe ser solicitado por el  AFILIADO TITULAR,
debiendo cumplimentar la siguiente documentación:

1- Nota dirigida al Presidente del Consejo de Administración de DOSUBA,
Dr. Oscar Manzini, solicitando el presente subsidio.
2- Certificado de médico de cabecera, prestador de Dosuba, donde conste
diagnóstico, tratamientos indicados, y pronóstico del beneficiario.
 3- Certificado de discapacidad, otorgado por el Servicio de
Rehabilitación y Protección de la Persona con Discapacidad, sito en
Ramsay 2250, Cap. Fed. Te: 4783-8144/4782-3739, o en su defecto
constancia de solicitud de turno para gestionarlo.
 4- De la prestación que fuera a solicitar: Presupuesto, plan de trabajo
propuesto, datos completos del responsable de la prestación o de la
institución elegida, y correspondiente constancia de inscripción en la
Superintendencia de Servicios de Salud.
 5- Original y fotocopia, de los haberes percibidos en la UBA.
 6- Original y fotocopia de otros comprobantes de ingresos del titular y/o
cónyuge si los tuvieran.
7- Si el titular y/o cónyuge estuvieran inscriptos en la D.G.I., deberá
presentar copia de la última declaración jurada de Ganancias, de Activos y
de Ingresos Brutos, la/s que corresponda/n junto con el último comprobante
de pago del Aporte Previsional.
 8- El titular deberá completar una declaración jurada de ingresos propios
y de su grupo familiar.
9- Constancia del RUB (Registro Único de Beneficio) solicitado en el
ANSES, correspondiente al titular y su grupo familiar.
 10- De poseer otra Obra Social, deberá presentar constancia de percibir o
no beneficio alguno por discapacidad.
 11- Cumplimentada la documentación, la misma deberá ser ingresada  por
Mesa de Entradas, previo visado del Dpto. de Prestaciones Sociales-
Acción Social para iniciar el trámite.
 15- Es condición para el otorgamiento de la presente cobertura, la
afiliación a la Obra Social del futuro beneficiario del subsidio en
carácter de discapacitado y además no poseer deudas por Prestaciones
Médicas.



DE SER OTORGADO EL SUBSIDIO

Procedimiento

1- Del 1 al 5 de cada mes se deberá ingresar por Mesa de Entradas (P.B.)
la factura y/o recibo correspondiente  para su liquidación, acompañadas
estos de una nota firmada por el titular.
 2- Si el titular, por razones personales no pueda cobrar el subsidio,
deberá autorizar por escrito que éste sea cobrado por un tercero.
 3- Cualquier cambio de Institución y de aranceles, como así también de la
situación laboral del titular, deberá se informada a esta División de
Acción Social.
 4- Las instituciones y/o profesionales deberán informar semestralmente la
evolución del beneficiario.
5- El titular será notificado mediante nota, del beneficio otorgado y de
la fecha de su vencimiento, por lo cual un mes antes del mismo deberá
comenzar el trámite de renovación. Vencido el plazo para realizar la
renovación del subsidio, no se considerará su vigencia con retroactividad.
DPTO. DE PRESTACIONES SOCIALES - DIVISION ACCION SOCIAL  -
2do. PISO TE.: 4508-3500/3506  Int: 137/151  Directo: 4508-3509
HORARIO: 9:00 a 15:00 hs.


Saluda a Uds. atte.


SERVICIO DE ATENCION AL AFILIADO
COMISION INTERNA-APUBA-FCEyN

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